Culiacán, Sinaloa.- Como fue anunciado, este lunes 1 de septiembre dio inicio la aplicación de la normativa referente a vidrios polarizados no permitidos. Aquí te compartimos en qué consisten las multas que te pueden aplicar por no respetar esta disposición.
La Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Culiacán, en coordinación con el grupo interinstitucional, realiza los operativos correspondientes para garantizar el cumplimiento de la ley.
En este marco, más de 2 mil 656 automovilistas han sido concientizados sobre la importancia de respetar las disposiciones vigentes.
LAS INFRACCIONES
A partir de hoy se procede con la aplicación de sanciones conforme a la ley, por parte de elementos de Tránsito Municipal.
Las medidas se basan en lo dispuesto en la Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial del Estado de Sinaloa, el Reglamento General de la Ley de Tránsito y Transportes, así como el Bando de Policía, Gobierno y Justicia Cívica.
Las sanciones económicas contempladas están entre 9 y 23 UMAs, y se aplicarán exclusivamente en los casos en que el polarizado impida la visibilidad hacia el interior del vehículo.
Las UMAs rondan por los 113.14 pesos, por lo que una multa iría desde los 1.018.26 a los 2,602.22 pesos.
Cada agente portará un catálogo visual con los niveles de polarizado permitidos, así como los artículos legales que respaldan su actuación.
Esta campaña no tiene fines recaudatorios, sino que busca prevenir riesgos, salvar vidas y fortalecer la cultura de la legalidad.
NO SE TRATA DE SANCIONAR POR SANCIONAR: SSPYTM
El Secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, Alejandro Bravo Martínez exhortó hace unos días a los policías a conducirse con apego a los artículos y procedimientos, y anunció que se pedirá a los mandos videograbar las intervenciones.
“Es importante porque luego una buena actuación no se documenta y debemos justificar que hacemos bien las cosas”.
Asimismo, llamó a aplicar la normativa con sensibilidad hacia la ciudadanía. “No debemos infraccionar sin ton ni son; lo que se trata es que esa normativa de lo que es el polarizado ayude a la seguridad, que abone a esa parte de que veamos quién va en ese vehículo”.
PATRULLAS DEBEN PONER EL EJEMPLO
De igual manera, todas las unidades oficiales de esta corporación se han sujetado a la norma.
En caso de que alguna unidad incumpla con lo establecido, la ciudadanía podrá reportarlo y se iniciará el procedimiento administrativo correspondiente, aplicando la sanción que en derecho proceda, sin excepción.
Respecto a las unidades destinadas al traslado de personas detenidas, estas cuentan con polarizado únicamente en los vidrios traseros, con el objetivo de salvaguardar la identidad de las personas aseguradas y dar cumplimiento a lo establecido en la Constitución y en la legislación vigente.
Dicha medida encuentra fundamento en el principio de presunción de inocencia, previsto en el artículo 20, apartado B, fracciones I y V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 113, fracción I, del Código Nacional de Procedimientos Penales, que reconocen el derecho de toda persona imputada a ser tratada como inocente hasta que se demuestre lo contrario.
Revelar su identidad sin causa legal puede vulnerar este derecho y afectar también a sus familiares.
En este sentido, las patrullas utilizadas para el traslado de detenidos deben contar con las condiciones necesarias para garantizar la protección de su identidad y el respeto pleno a sus derechos humanos.
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