Culiacán, Sinaloa.- Los productores de trigo panificable de Sinaloa ya cuentan con las fechas y requisitos para iniciar el trámite de los incentivos correspondientes al ciclo otoño-invierno 2025-2026, luego de que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) difundiera la Mecánica Operativa del programa.
El registro de los posibles beneficiarios comenzará el 20 de agosto y permanecerá abierto hasta el 20 de septiembre de 2026, mediante las oficinas de representación de la dependencia en las entidades participantes.
La disposición forma parte del Programa Comercio Justo, esquema mediante el cual se contempla el otorgamiento del Incentivo a la Comercialización de Trigo Panificable para el ciclo productivo otoño-invierno 2025-2026 en 13 estados de la República, entre ellos Sinaloa.
El secretario de Agricultura y Ganadería, Ismael Bello Esquivel, señaló que la publicación de las reglas permite avanzar en el compromiso asumido por la secretaria federal, Columba López Gutiérrez, durante la reunión celebrada la semana anterior con productores sinaloenses, en la que se abordó la problemática que enfrenta el sector triguero.
Bello Esquivel explicó que uno de los acuerdos consistió en acelerar la definición de la mecánica para que los agricultores puedan avanzar hacia la recepción de los pagos que permanecen pendientes por parte de la SADER.
Afirmó que este procedimiento representa también un paso para generar mayor certidumbre entre los productores y fortalecer una nueva relación institucional con quienes sostienen las actividades agrícolas en Sinaloa.
La Mecánica Operativa fue emitida por la Coordinación General de Producción, Comercialización, Sustentabilidad e Innovación, dependiente de la Dirección General de Precios, Ordenamiento Comercial y Valor Agregado.
El documento establece que el incentivo se determinará mediante una metodología en la que al precio de garantía se le restará el precio de referencia, establecido para el ciclo otoño-invierno 2025-2026 en 5 mil 250 pesos por tonelada.
A esta fórmula se añadirá un apoyo complementario de 200 pesos por tonelada, establecido con la finalidad de reconocer el esfuerzo de las unidades productivas y la vulnerabilidad que enfrentan ante fenómenos hidrometeorológicos extremos asociados con el cambio climático.
Requisitos para acceder al incentivo
La dependencia estableció que las personas interesadas deberán cumplir tanto con las Reglas de Operación del Programa de Comercio Justo para el ejercicio fiscal 2026 como con las disposiciones específicas de la Mecánica Operativa.
Entre los criterios de elegibilidad se encuentra ser una persona mayor de edad, de nacionalidad mexicana, residente en el país y dedicada a la producción de trigo. Para acreditar la identidad será necesario presentar una identificación oficial vigente, como INE, cédula profesional, pasaporte o cartilla militar.
También será indispensable demostrar que se trata de una persona productora de trigo panificable correspondiente al ciclo otoño-invierno 2025-2026, que permanece activa y que forma parte del Padrón de Beneficiarios de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
Otro requisito consiste en contar con una cuenta de Banco del Bienestar nivel 4, además de acreditar la propiedad o la posesión legal del terreno donde se desarrolló la producción.
El expediente deberá incluir asimismo el contrato de compraventa, entendido como el documento que comprueba la entrega del grano al comprador, así como el registro correspondiente en el Padrón de Solicitantes y Beneficiarios de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
Respecto a la Clave Única de Registro de Población (CURP), la dependencia precisó que será tomada del registro efectuado ante el SIGAP, por lo que no será necesario presentar un comprobante adicional. En caso de que el productor todavía no tenga registro, podrá realizarlo en la Oficina de Representación en la Entidad Federativa (OREF) que corresponda.
Durante el alta en el SIGAP también deberá incorporarse la georreferencia del punto central del predio utilizando el sistema de coordenadas geográficas.
El contrato de compraventa deberá ajustarse a los criterios contemplados en el numeral 5 de la Mecánica Operativa.
A la documentación deberá sumarse algún comprobante que permita demostrar el ingreso del grano a la bodega, entre ellos boleta de entrada, boleta de recepción, comprobante de entrada u hoja de liquidación.
Estos documentos tendrán que acompañarse de los respectivos tickets de báscula y precisar el peso neto (PN), el peso neto analizado (PNA) y, cuando corresponda, las bonificaciones o deducciones aplicadas por cuestiones de calidad.
La documentación deberá entregarse en hoja membretada de la empresa compradora o receptora, encontrarse vigente y contener como mínimo la fecha de elaboración, nombre del centro de acopio, nombre completo del productor, tipo de grano, ciclo agrícola y cantidad entregada, tanto en PN como en PNA.
También tendrá que incluir el sello y firma del responsable del centro de acopio, además de la firma de la persona productora.
Facturación y situación fiscal
Para comprobar la comercialización, los productores deberán presentar una factura que cumpla con los requisitos fiscales vigentes establecidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El comprobante deberá entregarse tanto en formato PDF como XML y estar vinculado con el contrato de compraventa celebrado entre las partes.
Asimismo, la persona productora deberá encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales. Cuando el incentivo correspondiente sea mayor a 530,000.00 pesos, deberá presentarse la Cédula de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
La Secretaría de Agricultura verificará que las personas beneficiarias cumplan con las obligaciones fiscales correspondientes a este criterio.
Finalmente, durante el registro en el SIGAP, cada productor deberá designar a una persona beneficiaria mayor de edad. Esta figura quedará asentada como parte del trámite para acceder al incentivo establecido para la comercialización del trigo.
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