Culiacán, Sinaloa.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) en Sinaloa puso en marcha por segundo año consecutivo el "Programa de Regularización Fiscal 2026", un estímulo que permitirá a personas físicas y morales ponerse al corriente en sus obligaciones fiscales mediante reducciones de hasta el 100 por cientl en multas, recargos y gastos de ejecución.
Durante una conferencia de prensa, Alejandro Guerra, administrador del área de Recaudación, explicó que este programa corresponde a la segunda edición del estímulo previsto en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), luego del éxito obtenido en 2025.
En esta ocasión, indicó que el beneficio se amplía de manera significativa, al elevar el tope de ingresos de los contribuyentes elegibles de 25 millones a 300 millones de pesos, lo que permitirá que un mayor número de empresas y personas accedan al apoyo.
Alejandro Guerra, detalló que el programa está dirigido a contribuyentes con ingresos en 2024 de hasta 300 millones de pesos y aplica a adeudos correspondientes a ese ejercicio fiscal y años anteriores.
Precisó que, en los casos donde el crédito fiscal esté integrado únicamente por multas, la reducción puede ser de hasta el 99% del monto total.
Entre los requisitos para acceder al programa se encuentran no haber sido beneficiado por esquemas de condonación anteriores, no contar con una sentencia condenatoria firme por delitos fiscales -o bien desistirse del procedimiento- y no aparecer en los listados definitivos de los artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.
El estímulo también es aplicable a contribuyentes que tengan contribuciones omitidas o autodeterminadas, se encuentren sujetos a facultades de comprobación y cuenten con créditos fiscales firmes.
En cuanto a los esquemas de pago, Alejandro Guerra indicó que los adeudos pueden cubrirse en parcialidades, las cuales dependen del mes en que se solicite el estímulo, siendo noviembre la fecha límite para realizar el último pago.
Aclaró además que este beneficio no se considera ingreso acumulable para efectos del Impuesto sobre la Renta y no genera devoluciones, compensaciones ni saldos a favor.
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