Culiacán, Sinaloa.- El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó reformas y adiciones al Código Penal estatal para fortalecer el combate a los delitos cibernéticos, con el objetivo de dotar a las autoridades de mayores herramientas legales para prevenir, investigar y sancionar conductas ilícitas cometidas a través de medios digitales.
El dictamen establece que las modificaciones buscan garantizar la protección de los derechos de las personas frente a las amenazas en el ciberespacio, además de actualizar el marco jurídico para responder a nuevas modalidades delictivas derivadas del uso de tecnologías de la información.
Entre los principales cambios, se incrementan las sanciones para quienes utilicen medios tecnológicos para amenazar con difundir imágenes, audios o videos sin consentimiento de la víctima, particularmente cuando exista una relación de parentesco, amistad, noviazgo o confianza.
Asimismo, se amplía el delito de hostigamiento sexual para incluir conductas realizadas por cualquier medio, incluidos los digitales, y se agravan las penas cuando delitos como el chantaje o la extorsión se cometan mediante llamadas telefónicas, correos electrónicos, redes sociales o cualquier plataforma electrónica.
La reforma también fortalece el delito informático al sancionar a quienes accedan de manera ilegal a sistemas informáticos para obtener dinero, bienes o información, alteren bases de datos o divulguen información confidencial sin autorización. Las penas previstas van de uno a cuatro años de prisión y de 90 a 300 días de multa.
Además, se incorpora el artículo 217 Bis para castigar modalidades de fraude digital, como el engaño mediante el cual una persona se hace pasar por empleado de una institución financiera, empresa o dependencia pública para inducir a la víctima a instalar aplicaciones maliciosas, obtener información personal o financiera o realizar transacciones bancarias fraudulentas.
Las reformas también contemplan sanciones para la falsificación de documentos electrónicos y endurecen las penas por corrupción de menores cuando se utilicen medios digitales para facilitar estas conductas.
Otro de los cambios relevantes es la creación del artículo 327 Bis, que sanciona a los servidores públicos que difundan de manera indebida imágenes, audios, videos, documentos o información reservada relacionada con investigaciones penales.
En estos casos, las penas aumentarán si el material difundido corresponde a cadáveres o escenas de hechos delictivos, y serán aún mayores cuando se trate de imágenes de mujeres, niñas o adolescentes víctimas de violencia.
El decreto aprobado entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial El Estado de Sinaloa.
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